Diseñarán ley para edificios destinados al alquiler
"Analizan vías para que inquilinos sean ritulares de las casas en las que habitan
El Gobierno consignará ante la Asamblea Nacional una propuesta de ley
para regular la situación que se registra con aquellos edificios que
solamente están destinados al alquiler.
La intención del Ejecutivo es permitir que las familias que, por
ejemplo, tienen 20 o 30 años cancelando arrendamientos puedan adquirir
las soluciones habitacionales que habitan.
A mediados del pasado año el ministro de Obras Públicas y Vivienda,
Diosdado Cabello, anunció que se elaboraría una resolución que
facilitaría la compra de los terrenos de aquellas edificaciones en las
que viven familias alquiladas. Posteriormente esos apartamentos serían
entregados a los inquilinos bajo un esquema especial, pero dicha
normativa al final no se terminó de elaborar.
Ahora el despacho de Obras Públicas en lugar de una resolución redactará una ley.
En términos generales, la propuesta contemplaría que un ente del Estado
efectuaría los avalúos de las edificaciones y de las viviendas para
luego ofrecerlas a los inquilinos.
En este proceso se analiza que las instituciones financieras estatales
otorguen financiamientos a las familias a fin de que pueden comprar los
apartamentos y no se descarta que el Estado, además, adquiera algunas
viviendas dentro de las edificaciones.
Fuentes oficiales señalan que se está diseñando el régimen, por tal
motivo expresan que todavía no se ha definido si efectivamente el
Estado comprará o no los edificios.
Esta normativa sería para el Área Metropolitana de Caracas, debido a
que es donde se concentra la mayor cantidad de edificaciones en
alquiler.
Otras leyes
En manos de la Asamblea Nacional se encuentran varios marcos legales para regular el mercado de inmuebles.
Desde el año 2008 se está trabajando en la reforma de la Ley de
Arrendamientos Inmobiliarios, en la cual se contempla que solamente
podrá demandarse el desalojo de un inmueble cuando el arrendatario haya
dejado de pagar tres cánones de arrendamiento.
En el proyecto que tiene la Comisión de Administración y Servicios se
amplían las causales de desalojo y el mismo procederá cuando los
arrendatarios hayan destinado los inmuebles a usos deshonestos, hayan
ocasionado deterioros, hayan incurrido en el incumplimiento de las
disposiciones del documento de condominio y hayan cedido el contrato de
arrendamiento o realizado un traspaso del mismo.
En la propuesta de reforma se indica que serán regulados aquellos
inmuebles cuya cédula de habitabilidad sea hasta 1997, cuando
actualmente la fecha límite es 1987.
Aunado a la Ley de Arrendamientos, los parlamentarios están realizando
la discusión de la Ley de Preventa de Viviendas en Construcción.
En el marco legal están detallados los aspectos que deben incluir los
contratos de preventa y adicionalmente se les ordena a las
constructoras que antes de iniciar las preventas de soluciones
habitacionales las mismas tienen que ser notificadas al Indepabis.
Fuente: El Universal
Fecha: 02-03-2010